Nº 3.448 - Año XXI

Hoteles de 4 y 5 estrellas reciben reclamos injustificados por parte de huéspedes uruguayos

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Dos gerentes de hoteles de Montevideo, ambos con categoría 4 estrellas, uno ubicado en Punta Carretas y otro en el Centro de la ciudad, manifestaron a Pasaporte News que solicitarán al Ministerio de Turismo de Uruguay que emita un comunicado a nivel nacional, que recalque que los hoteles que no cobran IVA a los huéspedes uruguayos son solo aquellos que hayan facturado menos de 10 millones de unidades indexadas al cierre del ejercicio, una cifra que los hoteles de cuatro y cinco estrellas, incluso varios de tres, superan fácilmente.

El problema, aducen los ejecutivos hoteleros, es que el comunicado del gobierno, semanas atrás, anunciando la quita del iva en los hoteles para los ciudadanos uruguayos, no tuvo la enfatización necesaria para aclarar que no se aplica a todos los establecimientos, sino que mayoritariamente se aplica en los hoteles de una y dos estrellas.

Debido a esa falta de información es que muchos huéspedes reclaman el descuento, y manifiestan su malestar cuando se les cobra el iva al finalizar su estadía.

Según estos hoteleros, que prefieren mantener sus nombres en reserva, se debería eliminar el iva para los huéspedes uruguayos en todos los hoteles, si lo que se busca es impulsar el turismo interno, ya que un descuento, aún en los hoteles más lujosos, siempre será bien recibido por cualquier uruguayo, y será un punto a favor a la hora de decidir extender su estadía un día más o no.

A continuación el texto del decreto firmado el 19 de diciembre de 2023 en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores.

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, Decretan

Artículo único.- Los servicios prestados por hoteles relacionados con el hospedaje a residentes, dentro del período comprendido entre el 15 de diciembre de 2023 y el 31 de marzo de 2024 inclusive, tendrán análogo tratamiento al dispuesto para la exportación de servicios a los efectos del Impuesto al Valor Agregado.

Lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará siempre que sus ingresos en el último ejercicio cerrado previo a la vigencia de la presente ley no hayan superado los 10.000.000 UI (diez millones de unidades indexadas) a la cotización vigente al cierre del ejercicio. En los ejercicios menores a doce meses, se considerarán los ingresos de forma proporcional.

Se entiende por hoteles a los establecimientos inscriptos como hotel, apart-hotel, motel, hostería, establecimientos de turismo rural con alojamiento, y todo otro similar.

Este tratamiento será otorgado únicamente a los hoteles registrados ante el Ministerio de Turismo.
Firman:
GRACIELA BIANCHI - Presidente
GUSTAVO SÁNCHEZ PIÑEIRO - Secretario
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Dario Queirolo 2018

DARÍO QUEIROLO

Darío Queirolo, periodista especializado en viajes y turismo, con vasta trayectoria en la industria turística.
Comenzó a trabajar como agente de viajes en 1977, en Uruguay y los Estados Unidos.
Entre los años 1978 y 1980 fue guía de turismo en New York City y Washington D.C..

En el año 1980 estableció su agencia de viajes, First Class World Tours, en 501 5th Avenue, NYC.
Fundó la revista de turismo Infotur en 1983, primera revista en español para profesionales del turismo en Nueva York y Nueva Jersey. 

En 1999 comienza en Uruguay su proyecto PASAPORTE, con el lanzamiento de la primera guía bilingüe de turismo Pasaporte Uruguay.
En marzo de 2005 fundó el periódico digital Pasaporte News.