En la pasada edición de Pasaporte News cometimos un error al mencionar que los empleados de los hoteles estaban incluidos en el Convenio Colectivo firmado el 18 de marzo entre los representantes del sector empresarial de los hoteles y restaurantes del Uruguay y los representantes de los trabajadores del mismo sector. El acuerdo al que se llegó incluye exclusivamente a los gastronómicos. A los efectos de aclarar cualquier duda, la dirección de AHRU (Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay) nos envió el siguiente comunicado: A efectos de aclarar dudas que han provocado publicaciones en medios de prensa relativa al uso de celulares por parte de los empleados del sector hotelero gastronómico INFORMAMOS que la prohibición del uso de celulares en horarios laborales RIGE exclusivamente para los empleados de:
Subgrupo 04. Restaurantes, Parrilladas,Cantinas;
Subgrupo 06. Otras formas de servicios de alimentación y ventas de bebidas ( Carros )
Subgrupo 07 Cafés, Bares, pubs,cervecerías,venta de pizza y faina, despacho de bebidas, repostería, confitera sin planta de elaboración y heladerías.
Quienes, según lo Convenido en los Consejo de Salarios vigentes, durante la jornada laboral no podrán utilizar el teléfono celular, debiéndose acudir por cualquier urgencia ( no necesariamente médica ) que existiere, al uso del teléfono del establecimiento comercial.
Subgrupo 01 Hoteles, apart-hoteles, moteles y hosterias;
Sub Grupo 2. Campamentos, bungalows y similares;
Sub Grupo 3.1. Hoteles de Alta rotatividad;
Sub Grupo 3.2 Pensiones;
Sub Grupo 5. Cadenas de comidas;
Sub Grupo 8. Rotiserías
Esperando dejar aclaradas las dudas que la situación ha producido le saludamos muy cordialmente y quedamos a vuestra disposición por cualquier aclaración o ampliación del tema de referencia.
